Autorización de instalación y funcionamiento de unidades de radiofarmacia.
Consejería:
Consejería de Sanidad
Dirección General:
Dirección General Ordenación Farmacia e Inspección
Descripción:
Autorización de instalación y posterior autorización de funcionamiento de unidades de radiofarmacia, previa al inicio de su actividad en el centro.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Tipo de destinatario:
Ciudadanos y Empresas
Requisitos:
Las unidades de radiofarmacia estarán bajo la responsabilidad de un facultativo especialista en radiofarmacia y deberán disponer de un programa de garantía de calidad de las actividades llevadas a cabo.
Documentación:
Ver documentación para la solicitud de autorización de instalación y funcionamiento de unidades de radiofarmacia en centros sanitarios en la Comunidad Autónoma de Cantabria
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
Todo el año.
Lugar presentación :
Registro de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad, C/ Federico Vial, 13 39009, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Sección de Ordenación Farmacéutica. / Decreto 106/2019, de 23 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director/a General de Ordenación, Farmacia e Inspección. / Decreto 106/2019, de 23 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.
Plazo de resolución:
6 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Negativo
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa; si no lo es, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. / Consejero/a de Sanidad.
Normativa:
LEY | Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. (art. 84). Ley 7/2001 de 19 de diciembre de Ordenación Farmacéutica en Cantabria (art. 37). Real Decreto 1345/2007, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente (art. 46, 47 y 48). Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Decreto 26/2014, de 29 de mayo, por el que se regula el procedimiento de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios de la Comunidad Autónoma de Cantabria. // Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
Anexos:
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Documentación autorización instalacion y funcionamiento Unidades de Radiofarmacia
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Fecha de IPSC (interno):
24 de septiembre del 2020
10038362