Orden CUL/21/2008
Descripción:
Orden CUL/21/2008, de 17 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de las subvenciones a las Entidades Locales de Cantabria para la rehabilitación, restauración y dotación de inmuebles para centros culturales.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 62
Fecha BOC: 31/03/2008
Fecha inicio plazo presentación:
01/04/2008
Fecha finalización plazo presentación:
17/04/2008
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, propietarias de los inmuebles o con disponibilidad legal sobre los mismos a los efectos de cumplir el objeto de la presente Orden.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación: a) Proyecto/actividad a realizar, que incluirá como mínimo la siguiente información: - Breve memoria que justifique la necesidad y conveniencia de ejecutar la inversión. - Presupuesto detallado de la misma y aportación de la Entidad Local. - Cantidad exacta que se solicita. - Proyecto básico redactado por Técnico competente. - Certificado acreditativo de la disponibilidad del inmueble a restaurar o rehabilitar. - Número aproximado de posibles usuarios. b) Documento bancario en el que consten los siguientes datos del beneficiario: razón social, número de identificación fiscal y número de cuenta corriente en la que habrá de ingresarse la subvención que, en su caso, se conceda.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Registro (Pasaje de Peña, nº 2-1ª Planta 39008-Santander), o en cualquiera de los lugares establecidos a que hacen referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Si, en uso de este derecho la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.
Órgano tramitador:
Pasaje de Peña, 2 - 1ª planta - 39008 Santander
Teléfono: 942 20 74 25