Orden ECD/50/2012
Descripción:
Orden ECD/50/2012, de 1 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones para entidades locales incluidas en la campaña Cultura de Cantabria.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 116
Fecha BOC: 15/06/2012
Fecha inicio plazo presentación:
16/06/2012
Fecha finalización plazo presentación:
03/07/2012
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes deberán presentarse acompañadas de la siguiente documentación (original o copia debidamente autentificada):
a) Programa de actividades culturales y programa de las fiestas de la localidad de contenido cultural que respondan a lo previsto en los artículos 1.1. y 3.1 de la presente Orden, a realizar durante el año 2012.
b) Presupuesto detallado del programa de actividades culturales y del programa de fiestas de la localidad por actividades y conceptos de contenido cultural.
c) Declaración responsable sobre el porcentaje real invertido por la Entidad Local en actividades culturales, calculado en relación con las restantes actividades de carácter lúdico.
d) Declaración responsable en la que se incluyan los datos relativos a la cuenta bancaria en la que habrá de ingresarse la subvención que en su caso se conceda.
La presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Dirección General de Cultura para recabar los certificados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (A.E.A.T.), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, que permitan comprobar si el solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el supuesto de que el solicitante manifestara expresamente que no otorga dicha autorización, deberá presentar declaración responsable de estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social suscrita por el Interventor o Secretario-Interventor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo único de la Orden HAC/15/2006 de 11 de agosto.
Anexos:
Lugar presentación :
Si en uso de este derecho la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el empleado de Correos antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal, y en la normativa reglamentaria reguladora de esta materia.
Órgano tramitador:
Pasaje de Peña, 2 - 1º - 39008 Santander
Teléfono: 942 20 74 26 - 942 20 70 41