Rectificación de errores de oficio en las liquidaciones.
Consejería:
Consejería de Economía y Hacienda
Dirección General:
Direccion de la Agencia Cantabra de Administración Tributaria
Descripción:
La Administración puede detectar la existencia de un error material, aritmétcio..etc¿en una de las Liquidaciones efectuadas en el Servicio de Tributos y de oficio procede a rectificar en sentido de anular la Liquidación, devolver el ingreso indebido o proceder a liquidar por el importe correcto.
Tipo de Inicio:
De oficio
Tipo procedimiento:
Tributario
Requisitos:
Para poderse proceder a la rectificación de errores de oficio en una Liquidación Tributaria de la CCAA de Cantabria debe comprobarse la existencia de un error material, de hecho o aritmético en la propia liquidación, sin que hayan transcurridos los plazos de prescripción previstos en la normativa aplicable.
Tasa/Precio público:
No
Fecha:
15 de julio del 2010
Órgano instructor / Norma atributiva:
El que dictó en acto administrativo, en este caso el Servicio de Tributos / Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Servicio de Tributos de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria / Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Plazo de resolución:
6 meses desde el inicio del procedimiento, respetando los 4 años de prescripción.
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Caducidad
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso potestativo de reposición y reclamación económico económico administrativa / En el plazo de unes mes desde el día siguiente al de la notificación de la Resolución / El recurso potestativo de reposición se interpone ante el Servicio de Tributos y la Reclamación Económica Administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo.
Normativa:
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Información al ciudadano:
En el presente procedimiento al ciudadano se le remitirá y notificará a su domicilio la Reoslución de Rectificación de Errores que se dicte por el Servicio de Tributos.Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
Enlaces:
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